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Las sanciones por incumplimiento de las empresas en prevención de riesgos pueden dar lugar a un verdadero problema dentro de la empresa. Por ello, es fundamental mantener una correcta política que cuide a los trabajadores y mantenga en todo momento controlados los riesgos. En este artículo te explicaremos con detalle las diferentes multas con las que puedes encontrarte.

Cuál es el objetivo de las sanciones en materia de prevención de riesgos laborales

Estas sanciones fueron introducidas con el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y con la Ley 54/2003, de 12 de diciembre. A continuación podrás ver los principales objetivos de este tipo de multas:

  • Luchar de forma efectiva contra la creciente siniestralidad laboral.
  • Crear una cultura que promueva la prevención de los riesgos en el centro de trabajo y que facilite el cumplimiento real y efectivo de todas las obligaciones.
  • Fomentar que las empresas cuenten con una política que integre la prevención de riesgos en su sistema.
  • Aumentar el control sobre el cumplimiento de la normativa con normas sancionadoras y con un refuerzo del control y de la vigilancia.

Cuáles son las infracciones

Son las acciones o las omisiones de los responsables de cumplir las normas legales y las cláusulas de cada convenio colectivo en materia de seguridad y salud en el centro de trabajo.

Quiénes son los responsables

Según el artículo 2 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, los sujetos responsables son las personas físicas o jurídicas que incurran en las acciones u omisiones tipificadas como infracción.

Principales tipos de multas y su sanción

La legislación califica las infracciones en tres categorías. Pueden ser leves, graves o muy graves en función de la naturaleza del deber que no ha sido respetado y de la importancia del derecho que se ha vulnerado. Se regulan según los artículos 11, 12 y 13 de la LISOS.

Las sanciones vienen reflejadas en el artículo 39 del mismo reglamento:

Cada sanción puede valorarse en tres grados; mínimo, medio y máximo, según diferentes criterios que establece la administración. La gravedad de la multa variará según se tenga en cuenta el nivel de negligencia y de intencionalidad por parte del infractor.

También se valora si ha habido fraude o conveniencia, el incumplimiento de un requerimiento, el volumen de negocio de la empresa, su número de empleados, el perjuicio que ha producido, así como la cantidad defraudada. Con todos estos factores es posible atenuar o agravar la graduación de la infracción cometida.

Cómo se valora la cuantía

Si la infracción está tipificada en los artículos 22.3 y 23.1 de la LISOS, se impondrá una sanción mínima cuando la cuantía no ingresada no supere los 10 000 euros, el grado medio se tendrá en cuenta con cantidades comprendidas entre 10 001 y 25 000 euros; y el grado máximo se estipulará cuando se superen los 25 000 euros. También se impondrá un grado máximo cuando ya haya habido una sanción previa en los últimos 24 meses por parte del mismo sujeto.

Criterios para la sanción

La administración tiene en cuenta ocho variables para determinar la sanción final por una infracción en materia de prevención de riesgos:

  • Se valorará si el riesgo tiene carácter transitorio o permanente.
  • La gravedad de las lesiones o daños que puedan haberse causado por la deficiencia en la prevención.
  • La cantidad de trabajadores perjudicados.
  • Las medidas para la protección tanto colectiva como individual que han podido ser adoptadas por la empresa.
  • El incumplimiento de los distintos requerimientos previos.
  • No haber tenido en cuenta las propuestas de los servicios de prevención para corregir las deficiencias encontradas.
  • La conducta general del empresario en relación con las normas de prevención de riesgos.
  • El peligro de la actividad que se lleva a cabo en el centro de trabajo.

Importe de las multas

Las infracciones leves tendrán una sanción de 40 a 405 euros en su grado mínimo; de 406 a 815 euros en su grado medio; y de 816 a 2045 euros en su grado máximo.

Las infracciones graves tendrán una sanción de entre 2 046 a 8 195 euros en su grado mínimo; de 8 196 a 20 490 euros en su grado medio; y de 20 491 a 40 985 euros en su grado máximo.

En el caso de infracciones muy graves, en su grado mínimo tendrán un importe de entre 40 986 y 163 955 euros; en su grado medio el importe variará entre 163 956 y 409 890 euros; y en su grado máximo se recibirá una sanción de entre 409 891 y 819 780 euros.

¿Las infracciones de riesgos laborales prescriben?

Las infracciones en materia de riesgos laborales prescriben en fechas diferentes según la gravedad del hecho causante:

  • Las infracciones leves prescriben un año después de la fecha en la que se cometieron.
  • Las infracciones graves prescriben tres años después de la fecha en la que se cometieron.
  • Las infracciones muy graves prescriben cinco años después de la fecha en la que se cometieron.

Cómo evitar las sanciones de riesgos laborales

La mejor forma de evitar estas infracciones es seguir una política proactiva que proteja a los trabajadores y evite riesgos innecesarios. Para ello, es recomendable contar con un plan de acción que tenga en cuenta los peligros inherentes a la actividad y una buena comunicación con todos los trabajadores.

Otro aspecto muy importante es la formación. Responder de forma adecuada a cada peligro puede llegar a evitar que sucedan accidentes o puede convertir éstos en más leves. Además, cada empleado debe conocer con exactitud quién es el responsable en materia de prevención y tener una comunicación efectiva con ese sujeto.

Como ves, la legislación tiene en cuenta todos los supuestos para valorar y fijar las sanciones por incumplimiento de las empresas en prevención de riesgos. Con una buena gestión es posible mantener bajo control los peligros asociados a tu actividad laboral y proteger a cada uno de los trabajadores de forma efectiva. Recuerda que los accidentes ocurren, pero muchos de ellos pueden evitarse con una prevención de riesgos laborales efectiva.