Noticias

Saber cuándo solicitar la baja por riesgo de embarazo es importante para el buen desarrollo de la gestación. Interrumpir la actividad laboral no tiene por qué ser igual de prioritario para todas las mujeres. Muchas veces depende de la actividad que se ejerza e incluso del tipo de embarazo que se tenga. Es cierto que hay mujeres que al tener un embarazo correcto y sin problemas pueden trabajar hasta el último día, pero no siempre es así.

El embarazo o periodo de gestación es una situación fisiológica en la que a la madre y al feto que se está gestando se les considera vulnerables, aunque no sea una enfermedad. Por ello hay trabajos que son totalmente incompatibles con el embarazo, por el uso de productos químicos o biológicos. Si existe la posibilidad, la empresa tiene la obligación legal de modificar las condiciones del puesto de trabajo para evitar que la embarazada tenga que asumir dicho riesgo.

También se dan situaciones en las que el riesgo no lo provoca el trabajo, sino que proviene del desarrollo del embarazo y su historial médico, en esta situación el médico prescribe la incapacidad temporal. Estos casos son los de mujeres con patologías como tensión arterial alta, mujeres con embarazos múltiples, embarazos en los que el especialista especifica que hay peligro de parto prematuro o en los casos en los que el feto no se esté gestando correctamente.

Por supuesto, si el embarazo es normal, sin riesgos y el trabajo no implica peligro ni para la madre ni para el feto, será el médico quien dé la baja a la madre dependiendo del nivel de molestias normales que esté sufriendo por la gestación.

Baja según la actividad realizada en el trabajo

Existe una guía elaborada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia donde se recomienda el momento de interrumpir la actividad laboral según la tarea física que implique para la madre. En caso de embarazos múltiples la baja se adelantará entre dos y tres semanas de lo indicado a continuación:

  • Baja en la semana 18 de embarazo: Se dará en los casos en los que la embarazada deba agacharse por debajo de la rodilla más de diez veces por hora y tenga que cargar más de 10 kilos de peso mínimo cuatro veces durante su turno.
  • Baja en la semana 22 de embarazo: En los casos en los que la embarazada debe pasar más de cuatro horas seguidas de pie para el desarrollo de sus funciones laborales.
  • Baja en la semana 26 de embarazo: Esta baja puede darse en varios casos. Cuando en la jornada laboral deba agacharse de dos a nueve veces cada hora, cuando tiene que subir escaleras cuatro veces o más en su turno o si debe cargar peso de forma generalizada.
  • Baja semana 30: Baja para las embarazadas que están de pie de forma intermitente periodos de más de 30 minutos por cada hora.
  • Baja semana 37 : Para distintas situaciones. En los casos en los que la embarazada realiza actividad física ligera o realiza sus funciones sentada. Cuando la trabajadora se mantiene de pie menos de 4 horas por turno y periodos inferiores a 30 minutos por hora. Si la embarazada debe subir escaleras menos de 4 veces por hora. Por último, cuando debe levantar pesos inferiores a cinco kilos menos de 4 veces durante la jornada.

Factores laborales que pueden influir en el embarazo

Independientemente del tipo de trabajo, existen también ciertas condiciones que se pueden dar durante su ejecución que influyen negativamente en el desarrollo de la gestación y pueden ser causa de baja. Existen estudios al respecto que indican que en mujeres cuya jornada laboral es de más de 40 horas existe el riesgo de que el bebé nazca con una cabeza de menor circunferencia y un peso más bajo de lo normal. Algunos factores que incluyen son los siguientes:

  • Permanecer mucho tiempo de pie. El límite está en tres horas seguidas, cuando se sobrepasa se convierte en un factor de riesgo para parto prematuro, esta situación se agrava si la madre sufre varices. Los efectos también pueden hacerse patentes en el bebé, puede tener una tasa de crecimiento más lenta.
  • Permanecer sentada mucho tiempo. La falta de movimiento de forma continuada puede provocar a las embarazadas dolores en la zona lumbar que si se agravan pueden transformarse en ciática. Para evitar esta situación se recomienda a las embarazadas pasear y estirar la espalda mínimo cada dos horas. Puede pasar que el dolor venga producido por mobiliario inadecuado en la zona de trabajo, en ese caso la empresa deberá dar solución a la embarazada.
  • Trabajos que conlleven levantamiento de peso. Manipular elementos con peso superior a tres kilos puede poner en riesgo el embarazo. La empresa deberá valorar si es posible que esa tarea la realice otra persona que no esté en situación de riesgo.
  • Sufrir estrés laboral. Los científicos han demostrado que las personas que sufren situaciones de estrés diariamente en su trabajo durante la gestación corren más riesgo de sufrir un parto prematuro. Si la situación se produce por una excesiva carga de trabajo, la empresa debe solucionarlo repartiendo las tareas con otro trabajador y descargando de responsabilidades a la embarazada.
  • El cansancio y la fatiga. Debe buscarse la manera de que la embarazada cumpla ciertos periodos de descanso, tanto durante la jornada como fuera de ella. El cambio de jornada de partida a intensiva puede facilitar más tiempo para descansar al ahorrar tiempo en desplazamientos. Descansos cada dos horas ayudaran también a mantener la fatiga a raya y, por supuesto, descansar lo suficiente tras las comidas. Si es posible, dormir la siesta.

Hay mujeres que guardan sus vacaciones para disfrutarlas tras el nacimiento de su bebé, para poder cuidarlo durante más tiempo y evitar tener que dejarlo desde muy pequeño al cuidado de otra persona. La idea no es mala siempre que no exista una necesidad acuciante de descanso. El cuidado y la salud durante la gestación deben ser siempre prioritarios y si es necesario se debe solicitar la baja por riesgo de embarazo.